• Derecho Español
  • Derecho Alemán
  • Derecho Europeo
  • Derecho Latinoamericano
+49 721 480 709 60
info@rb-abogados.eu
[ES]
[DE]
  • Bienvenidos
  • El bufete
    • Filosofía
    • El equipo
    • Mediadores
    • Honorarios
    • Idiomas de trabajo
    • Servicios
      • Empresas
      • Particulares
      • Despachos y Notariados
      • Family Offices
  • Áreas jurídicas
    • Áreas del derecho alemán

      • Derecho sucesorio alemán
      • Derecho mercantil y de sociedades alemán
      • Derecho inmobiliario alemán
      • Derecho arrendaticio alemán
      • Derecho contractual alemán e internacional
      • Derecho penal alemán
      • Derecho procesal en Alemania

      Áreas del derecho español

      • Derecho sucesorio español
      • Derecho de sociedades y empresa español
      • Derecho inmobiliario español
      • Derecho arrendaticio español
      • Derecho tributario español
      • Derecho contractual español
      • Derecho penal español
      • Derecho procesal español
      • Competencia desleal, publicidad y defensa de la competencia

      Otras áreas del derecho

      • Derecho Europeo / Derecho Internacional Privado
      • Derecho Latinoamericano
  • Servicios
    • Mediación
  • Actualidad
[ES]
[DE]
Contacto
Kontakt
[ES]
[DE]

Actualidad

Inicio
Actualidad
¿Pueden los albaceas testamentarios vender inmuebles sin la intervención del heredero fiduciario?
Heredar un inmueble en España

¿Pueden los albaceas testamentarios vender inmuebles sin la intervención del heredero fiduciario?

hace 2 semanas

Un caso de la práctica sucesoria germano‑española

En la práctica de sucesiones transfronterizas entre Alemania y España se plantea con frecuencia la cuestión de quién ostenta efectivamente la facultad de disponer de los bienes integrantes de la herencia, especialmente cuando concurren diversas instituciones propias del Derecho sucesorio alemán.

Esta problemática adquiere una relevancia particular en relación con inmuebles situados en España. En las Escrituras españolas, el heredero fiduciario suele aparecer como heredero fiduciario liberado. Mientras que la figura del albacea testamentario conforme al Derecho alemán no siempre se refleja o se delimita con la precisión necesaria.

Ello genera en la práctica dudas relevantes: ¿quién debe comparecer ante notario?, ¿quién está legitimado para otorgar la escritura de compraventa?, ¿quién puede realizar actos dispositivos con eficacia registral?

Un reciente asunto gestionado por nuestro despacho presentaba la siguiente configuración: existencia de inmuebles en España, designación de un heredero fiduciario liberado conforme al Derecho alemán y, simultáneamente, establecimiento de una ejecución testamentaria hasta el fallecimiento del heredero fiduciario.

La cuestión central era la siguiente: ¿están facultados los albaceas testamentarios para enajenar bienes inmuebles pertenecientes a la herencia sin la intervención del heredero fiduciario?

El heredero fiduciario liberado (§§ 2136 y ss. BGB) dispone, en principio, de un ámbito de facultades más amplio que el heredero fiduciario ordinario, lo que en la práctica conduce a asumir que puede disponer libremente de los bienes hereditarios, incluidos los inmuebles.

Sin embargo, esta interpretación no resulta correcta cuando la herencia se encuentra sujeta a una ejecución testamentaria.

En el caso analizado, la causante había ordenado expresamente la administración del caudal hereditario hasta el fallecimiento del heredero fiduciario. Desde la perspectiva del Derecho alemán, ello constituye una ejecución testamentaria de administración conforme al § 2209 BGB, con efectos durante toda la fase de la herencia fiduciaria.

Conforme al § 2205 BGB, los albaceas testamentarios están facultados para la administración del patrimonio hereditario y para disponer de los bienes que lo integran. Esta facultad dispositiva es de carácter amplio y, dentro del ámbito de la ejecución testamentaria, corresponde en principio de forma exclusiva a los albaceas.

Por su parte, el § 2211 BGB determina que el heredero fiduciario queda excluido de la administración del caudal hereditario mientras dure la ejecución testamentaria. Esta exclusión es igualmente aplicable en el supuesto de heredero fiduciario liberado.

En consecuencia, en determinadas configuraciones jurídicas, los albaceas testamentarios están legitimados para enajenar inmuebles por sí solos, sin necesidad de intervención del heredero fiduciario.

Debe precisarse que el ejercicio de dicha facultad exige que la disposición se realice en el marco de una administración diligente del patrimonio hereditario y conforme al criterio debido de los albaceas y con especial atención a la salvaguarda de los intereses de los herederos fideicomisarios. El precio obtenido por la transmisión queda sujeto al principio de subrogación real, integrándose en el patrimonio hereditario en sustitución del bien transmitido y manteniendo su afectación a favor de los herederos fideicomisarios.

Para su adecuada instrumentación en España resulta esencial la debida acreditación de las facultades de los albaceas; Ya sea mediante el correspondiente certificado de albacea (Testamentsvollstreckerzeugnis) o mediante el Certificado Sucesorio Europeo, así como la correcta calificación jurídica de la posición de las partes ante el notario y, en su caso, el Registro de la Propiedad.

La combinación de herencia fiduciaria liberada y ejecución testamentaria da lugar con frecuencia a interpretaciones imprecisas en la práctica. El elemento determinante reside en que la ejecución testamentaria puede desplazar, en la práctica, la posición dispositiva del heredero fiduciario.

En el ámbito de las sucesiones internacionales se constata reiteradamente que las soluciones estándar no resultan suficientes. La adecuada coordinación entre el Derecho sucesorio alemán y la práctica jurídica española exige un análisis preciso del contenido del testamento, así como un conocimiento profundo de ambos ordenamientos.

¿Tiene un caso sucesorio germano‑español o necesita asesoramiento en materia de ejecución testamentaria? Estaremos encantados de ayudarle.

 

Ribas & Partner mbB

Sandra Comesaña
Abogada alemana 

5/5 - (2 votos)

Actualidad

  • Compra de vivienda en España: cuando el vendedor impide la firma ante notario 9 de julio de 2026
  • ¿Pueden los albaceas testamentarios vender inmuebles sin la intervención del heredero fiduciario? 23 de junio de 2026
  • Congreso de Karlsruhe 2026: Retrospectiva de las jornadas del diálogo jurídico hispano-alemán 10 de junio de 2026
  • EU Inc.: ¿constituir una empresa en 48 horas? Análisis jurídico para España y Alemania 28 de mayo de 2026
  • KYC y AML en nuestro despacho: Seguridad jurídica, transparencia y un procedimiento proporcionado 21 de abril de 2026
  • La constancia registral de la legítima según su naturaleza y su proyección en supuestos de legítima como derecho de crédito 19 de marzo de 2026
  • El valor de referencia catastral ratificado por el Tribunal Constitucional 4 de marzo de 2026
  • Ley aplicable a la sucesión de un extranjero en España: REGIMEN FORAL 26 de enero de 2026
  • España. Contribuyentes extracomunitarios: cambio importante en los ingresos por alquiler. 12 de septiembre de 2025
  • Claves legales para reducir tu carga fiscal en herencias y operaciones inmobiliarias 4 de agosto de 2025
Entrada anterior
Congreso de Karlsruhe 2026: Retrospectiva de las jornadas del diálogo jurídico hispano-alemán
Entrada siguiente
Compra de vivienda en España: cuando el vendedor impide la firma ante notario
5/5 - (2 votos)

PERTENENCIA A ENTIDADES

Deutsche Handelskammer für Spanien
Deutscher Anwalt Verein

Ribas & Partner mbB

Gartenstraße 69
76135 Karlsruhe
Alemania

Planificar ruta con Google™ Maps
Despacho en España

Contacto

+49 721 480 709 60

+49 721 480 709 69

info@rb-abogados.eu

Horarios de atención

Los lunes, martes, miércoles
mañanas, de 9:00 a 12:30 horas
tardes de 14:00 a 18:00 horas

Los jueves
de 9:00 a 12:30 horas

Los viernes
mañanas, de 9:00 a 12:30 horas
tardes de 14:00 a 17:00 horas

Atendemos a nuestros clientes con cita previa

El bufete

Aviso legal
Politica de privacidad
Condiciones generales de Mandato
Derecho sucesorio alemán
Derecho procesal en Alemania
© Copyright 2025 –  Ribas & Partner mbB