• Derecho Español
  • Derecho Alemán
  • Derecho Europeo
  • Derecho Latinoamericano
+49 721 480 709 60
info@rb-abogados.eu
[ES]
[DE]
  • Bienvenidos
  • El bufete
    • Filosofía
    • El equipo
    • Mediadores
    • Honorarios
    • Idiomas de trabajo
    • Servicios
      • Empresas
      • Particulares
      • Despachos y Notariados
      • Family Offices
  • Áreas jurídicas
    • Áreas del derecho alemán

      • Derecho sucesorio alemán
      • Derecho mercantil y de sociedades alemán
      • Derecho inmobiliario alemán
      • Derecho arrendaticio alemán
      • Derecho contractual alemán e internacional
      • Derecho de familia alemán e internacional
      • Derecho penal alemán
      • Derecho procesal en Alemania

      Áreas del derecho español

      • Derecho sucesorio español
      • Derecho de sociedades y empresa español
      • Derecho inmobiliario español
      • Derecho arrendaticio español
      • Derecho tributario español
      • Derecho contractual español
      • Derecho de familia español
      • Derecho penal español
      • Derecho procesal español
      • Competencia desleal, publicidad y defensa de la competencia

      Otras áreas del derecho

      • Derecho Europeo / Derecho Internacional Privado
      • Derecho Latinoamericano
  • Servicios
    • Mediación
  • Actualidad
[ES]
[DE]
Contacto
Kontakt
[ES]
[DE]

Actualidad

  1. Inicio
  2. Actualidad
  3. Reciente legalización extraordinaria de suelo rústico en las Islas Baleares

Reciente legalización extraordinaria de suelo rústico en las Islas Baleares

hace 10 meses

Con la publicación de los Acuerdos de los Plenos de los Consells Insulars de Mallorca e Ibiza por los que se dispone el Decreto 3/2024 de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears nace, en base a la Disposición Séptima del mismo, una nueva oportunidad de regularización urbanística en las islas mencionadas. A fecha de hoy, 10 de Julio de 2024, Menorca y Formentera todavía no se han pronunciado.

Por un plazo de 3 años es posible legalizar edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico, siempre que se cumplan una serie de requisitos y que las infracciones de las construcciones ilegales estén ya prescritas. El objeto de la legalización, grosso modo, serán las edificaciones y usos que están fuera de ordenación.

Este procedimiento administrativo se llevará a cabo por la persona interesada mediante la presentación de la solicitud de licencia de legalización extraordinaria y un proyecto técnico de legalización. Debe tenerse en cuenta que  las edificaciones cuyo uso sea el de vivienda no podrán destinarse a la comercialización de estancias turísticas.

Se exigirá por el Ayuntamiento correspondiente el pago de las tasas e impuestos previstos en la normativa para las nuevas edificaciones, construcciones o instalaciones y, además, a modo de “multa” se exigirá el pago de una prestación económica que variará entre el 10, 12,5 y 15% respecto del coste de ejecución material de la edificación, construcción o instalación objeto de legalización si la misma se solicita en el primer, segundo o tercer año desde la entrada en vigor, respectivamente. Existe una reducción del 25 o del 50% dependiendo del  Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (IRPF) del propietario.

El proyecto técnico tiene que incorporar medidas de carácter ambiental que incluyan:

a) una reducción de la contaminación lumínica y

b) un incremento de la eficiencia energética o hídrica de la edificación, la construcción o la instalación mediante la utilización de materiales, técnicas y sistemas constructivos, cambio de instalaciones, generación de energía renovable, instalaciones de depósitos de agua o cualquier otro sistema de reducción del consumo energético o hídrico de la red, y también sistemas de depuración de agua adecuados en cada caso al Plan Hidrológico de las Illes Balears.

No es el objeto de este artículo entrar en tecnicismos, pero sí es importante tener en cuenta que juega un papel importante el tipo de suelo rústico donde esté enclavada la construcción, pues existen supuestos especiales de prescripción. Además, no todas las construcciones y edificaciones pueden acogerse a esta medida, a modo de ejemplo quedan excluidas las expropiaciones, las ubicadas en suelo de dominio público… entre otras.

 

Ribas Brutschy Abogados

Juan Amengual
Abogado / spanischer Rechtsanwalt

5/5 - (6 votos)

Actualidad

  • Un paso más hacia la agilidad en el tráfico inmobiliario internacional 30. marzo 2025
  • Los alquileres turísticos pueden ser prohibidos por las comunidades de propietarios por una mayoría de tres quintos. 6. diciembre 2024
  • Una nueva forma jurídica y nuestra probada experiencia: Nuestro bufete se denomina a partir de ahora Ribas & Partner mbB 22. octubre 2024
  • La revocabilidad de las donaciones en España 3. septiembre 2024
  • Reciente legalización extraordinaria de suelo rústico en las Islas Baleares 10. julio 2024
  • Sobre la equivalencia de las declaraciones nacionales de herederos y el certificado sucesorio europeo (CSE) 17. junio 2024
  • La vecindad civil de españoles y extranjeros en España 14. enero 2024
  • El valor de referencia y las compraventas de inmuebles en España 9. noviembre 2023
  • El pacto sucesorio en España en comparación con Alemania 7. octubre 2023
  • Certificado sucesorio europeo : La autoridad del Registro nacional en materia de inscripción de bienes inmuebles (Asunto C 354/21) 15. agosto 2023
Entrada anterior
Sobre la equivalencia de las declaraciones nacionales de herederos y el certificado sucesorio europeo (CSE)
Entrada siguiente
La revocabilidad de las donaciones en España
5/5 - (6 votos)

PERTENENCIA A ENTIDADES

Deutsche Handelskammer für Spanien
Deutscher Anwalt Verein

Ribas & Partner mbB

Gartenstraße 69
76135 Karlsruhe
Alemania

Planificar ruta con Google™ Maps
Despacho en España

Contacto

+49 721 480 709 60

+49 721 480 709 69

info@rb-abogados.eu

Horarios de atención

Los lunes, martes, miércoles
mañanas, de 9:00 a 12:30 horas
tardes de 14:00 a 18:00 horas

Los jueves
de 9:00 a 12:30 horas

Los viernes
mañanas, de 9:00 a 12:30 horas
tardes de 14:00 a 17:00 horas

Atendemos a nuestros clientes con cita previa

El bufete

Aviso legal
Politica de privacidad
Condiciones generales de Mandato
Derecho sucesorio alemán
Derecho procesal en Alemania
© Copyright 2025 –  Ribas & Partner mbB